Una duda común entre los usuarios de vehículos, reside en no conocer bien la legislación sobre a la necesidad de tener asegurados dichos vehículos. Como resumen genérico, los vehículos deben contar, como mínimo, con la cobertura de responsabilidad civil.
A la pregunta: ¿Si tengo el coche en mi garaje particular y no lo voy a sacar a partir de ahora, por qué debe estar asegurado si no hay manera de que pueda causar ningún accidente?
Respuesta: La legislación contempla «Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular». La norma no distingue entre coches coches parados (independientemente donde sea) y/o coches que circulan.
La responsabilidad civil del dueño no se limita a la que pueda resultar de un accidente de tráfico. El ejemplo al que casi siempre se recurre: Si el vehículo estacionado en un garaje, causa un incendio por culpa de un cortocircuito….¿a quién corresponde la responsabilidad civil de los daños que produzca?
En caso de que un vehículo sin seguro, el propietario está obligado a reparar los daños ocasionados a terceros. Además se enfrentará a la inmovilización del vehículo y la sanción que corresponda.
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Tener el vehículo sin seguro (se calcula que en España hay aproximadamente dos millones, según datos de la DGT) también acarrea sanción como comentábamos antes. El importe depende de: si el vehículo estaba circulando o estacionado, del tipo de vehículo, de la gravedad de los hechos, del tiempo sin asegurar.
Una excepción
Como excepción, es posible disponer de un coche en propiedad sin asegurar lo hemos dado de baja (temporal o permanente) en Tráfico. Refiriéndonos al ejemplo anterior, el riesgo de cortocircuito continúa existiendo, pero la ley dice que un coche dado de baja está exento de pagar una póliza de responsabilidad civil. El trámite para obtener la baja temporal bastante sencillo: Hay que solicitar el impreso oficial y presentarlo junto con la documentación; identificación personal, permiso de circulación y tarjeta de la ITV.
Si queremos volver a dar de alta de nuevo el vehículo, seguramente haya que pasar la ITV en ese momento, porque esta habrá caducado. Y esto nos lleva a la siguiente pregunta: ¿es obligatorio pasar la inspección técnica cuando el coche no se utiliza?…. La respuesta también es sí. El Reglamento General de Circulación dice que “los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica en una de las estaciones ITV al efecto autorizadas”.
La ITV es una revisión preventiva cuyo cometido es garantizar que los vehículos cumplen todos los requisitos y estándares para circular con seguridad por la vía pública. Cuando llegue el momento de volver a circular con un vehículo que ha estado parado, debe ser seguro para él y para los demás.
Un agente puede sancionar al dueño de un coche parado sin la ITV en regla. La DGT lo recordó de forma concisa en 2013, cuando se puso en marcha el programa ITICI (Intercambio Telemático de la Inspección Técnica de Vehículos), por el cual Tráfico conoce en todo momento qué vehículos no se han sometido a la ITV o no la han superado.
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